Tribunal ordena indemnizar a diplomáticos destituidos en 2020
El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana enfrenta una serie de litigios tras las destituciones ocurridas en 2020, cuando se buscaba profesionalizar el servicio diplomático con el cambio de gobierno. Varios exfuncionarios han llevado el caso a los tribunales, alegando que no se respetó el debido proceso y reclamando reintegros y compensaciones económicas.
Uno de los casos más destacados es el de Manuel Moisés Crespo Pérez, cuya destitución fue anulada por el Tribunal Superior Administrativo en conjunto con otros tribunales superiores. Estos fallaron a favor de Crespo, argumentando que su estatus como funcionario de carrera diplomática impedía su remoción sin el cumplimiento de los debidos procedimientos legales.
La sentencia obliga al Estado a desembolsar una suma superior a los 18 millones de pesos por salarios acumulados desde 2020, cifra que sigue en aumento hasta que se efectúe el reintegro. Sin embargo, la Cancillería argumenta que Crespo no desempeñaba sus funciones desde 2018 debido a licencias médicas prolongadas y carece de registros oficiales de reincorporación.
Otros casos similares también se han ventilado en los tribunales. Juan Ramón Ávila Ceballos, exembajador alterno ante la ONU, logró una sentencia favorable del TSA después de su destitución por decreto presidencial. No obstante, el Ministerio recurrió la decisión ante la Suprema Corte de Justicia, buscando anular su ejecución y prolongando así el conflicto legal.
En contraste, otros exfuncionarios no consiguieron que los tribunales reconocieran su estatus de carrera diplomática. Jorge Alberto de León Amparo, exjefe del Departamento de México y Centroamérica, no logró su reintegro, aunque el tribunal ordenó el pago de beneficios laborales pendientes. Irma Milagros Castro también enfrentó un fallo similar, donde solo se le reconocieron ciertos beneficios económicos.
Estas decisiones judiciales han reabierto el debate sobre la estabilidad en la carrera diplomática, los límites de las sustituciones masivas tras los cambios de gobierno y el impacto económico que estos litigios suponen para el Estado dominicano. La Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior (630-16) ha sido punto central en estos litigios, ya que modificó el sistema anterior, estableciendo un marco más formal y reglado para el servicio diplomático y consular.
