Tribunal Constitucional Abre Nuevas Vías para el Consentimiento Matrimonial de Personas con Discapacidad del Habla
El Tribunal Constitucional ha emitido una sentencia histórica que permite a las personas con discapacidad del habla expresar su consentimiento matrimonial mediante métodos alternativos.
Esta decisión, plasmada en la Sentencia TC/0492/24, autoriza el uso de lenguaje de señas, comunicación aumentativa y alternativa, así como comunicación táctil o escrita para manifestar la voluntad de contraer matrimonio.
Además, el tribunal ha dado un paso hacia la inclusión tecnológica, permitiendo el uso de dispositivos tecnológicos y otros medios adecuados para expresar la decisión de casarse.
La sentencia responde a una acción de inconstitucionalidad presentada por Zurisadai Abreu Espinal, Félix Antonio Sierra Sepúlveda y Anli Esther Ortega Tineo contra el artículo 167 de la Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil.
El artículo 167 exigía que el consentimiento matrimonial se diera verbalmente ante el oficial del Estado Civil, lo cual fue considerado excluyente para quienes tienen discapacidad del habla.
Con este fallo, el Tribunal Constitucional garantiza alternativas razonables para que todas las personas puedan expresar su consentimiento matrimonial de manera inclusiva.
