Tribunal Constitucional Niega Prestaciones a Exregidores de Santo Domingo Este

Tribunal Constitucional Niega Prestaciones a Exregidores de Santo Domingo Este

Seis exregidores de Santo Domingo Este han visto frustrado su intento de obtener prestaciones laborales tras finalizar sus mandatos, luego de que el Tribunal Constitucional dictaminara en su contra.

La sentencia establece un precedente al determinar que los funcionarios elegidos por voto popular no tienen derecho a las indemnizaciones previstas para empleados públicos al concluir sus funciones.

El recurso fue presentado por Adriano Rojas, Antonio Feliz, Fanny Yudelka Santana, Santa Elupina Mendoza Vallejo, Rita Mercedes Almonte y Wanda Altagracia García Rondón, quienes formaron parte del Concejo de Regidores entre 2010 y 2016.

Los exregidores alegaban que les correspondía una indemnización de seis meses de sueldo, amparándose en la Ley 41-08 de Función Pública, argumentando que la exclusión de cargos de elección popular vulnera el principio de igualdad.

El Tribunal Constitucional explicó que los regidores acceden a sus funciones mediante el voto popular y no por nombramiento, y que su legitimidad proviene de la soberanía popular.

La corte subrayó que el fin de un mandato electivo no es equiparable a una desvinculación laboral, ya que los regidores concluyen su gestión por el vencimiento natural del período constitucional.

En conclusión, el Tribunal reafirmó que la exclusión de los cargos de elección popular del régimen de prestaciones no constituye discriminación, sino una consecuencia del diseño constitucional que diferencia entre funciones políticas y empleos administrativos.