La Letra Pequeña en los Contratos: Un Riesgo Legal Inadvertido

La Letra Pequeña en los Contratos: Un Riesgo Legal Inadvertido

En Santo Domingo, la llamada ‘letra pequeña’ en los contratos puede esconder cláusulas abusivas que perjudican a una de las partes, imponiendo obligaciones y responsabilidades legales desde el momento de la firma.

Renovaciones automáticas, renuncias de derechos y penalidades desproporcionadas son algunas de las disposiciones que suelen pasar desapercibidas, según el abogado y politólogo Franklin Mercado.

Mercado destaca que en contratos con cláusulas de renovación automática, como los de empresas de telefonía, el cliente debe cancelar expresamente el servicio, de lo contrario, el contrato se renueva automáticamente.

Al firmar o aceptar términos electrónicos, se asume que el firmante ha leído y comprendido el documento, recayendo la responsabilidad sobre él, advierte Mercado.

Aunque la ley no especifica un tamaño mínimo de tipografía, los contratos deben ser claros y legibles. Algunos documentos reservan obligaciones mayores para párrafos en tipografía más pequeña.

La Ley 358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor establece que los contratos deben ser legibles y claros, y declara nulas las cláusulas que limiten los derechos del consumidor.

Un juez puede anular cláusulas que considere lesivas para el consumidor, como en los contratos leoninos, donde una parte es desproporcionadamente favorecida.

Mercado recomienda leer detenidamente los contratos y cuestionar términos desconocidos, asegurando que todo lo acordado verbalmente esté documentado.

Además, sugiere conservar una copia del contrato firmado como respaldo.