Reformas al Código Penal: Claves de las Nuevas Modificaciones

Reformas al Código Penal: Claves de las Nuevas Modificaciones

El proceso de modificación del Código Penal aún no ha concluido en el Congreso, ya que falta su revisión por parte del Senado.

A pocas semanas de su entrada en vigencia, el nuevo Código Penal incluye más de 20 cambios en artículos relacionados con difamación, hostigamiento y responsabilidad de personas jurídicas.

Durante cuatro días, una comisión bicameral y una subcomisión analizaron las modificaciones propuestas, recibiendo más de 90 sugerencias de diversos sectores, además de las iniciativas del Poder Ejecutivo.

No todas las propuestas fueron aceptadas, pero algunas sí se incorporaron, incluyendo ajustes de redacción y penalidad.

Entre las modificaciones destacadas, el artículo 8 amplía la responsabilidad penal de las personas jurídicas, permitiendo exenciones si se demuestra la implementación de controles eficaces antes de la comisión del delito.

El artículo 11 extiende la responsabilidad penal a empresas que controlan otras entidades, si se demuestra intervención o beneficio consciente del delito.

El artículo 121 redefine el delito de hostigamiento, ampliando su alcance para incluir conductas en ámbitos educativos, laborales y sociales.

Las penas por hostigamiento se mantienen, pero se endurecen en casos de reincidencia o cuando la víctima es vulnerable.

El artículo 123 aborda el hostigamiento digital, protegiendo la libertad de expresión en casos de interés público.

El artículo 124 sobre violencia doméstica mantiene las penas pero precisa las conductas sancionables.

El artículo 141 extiende el plazo de prescripción para delitos sexuales contra personas vulnerables a 30 años desde que la víctima alcanza la mayoría de edad.

El artículo 144 amplía las circunstancias para considerar el acoso como agravado, incluyendo relaciones de poder o jerarquía.

El artículo 176 incrementa las penas por proxenetismo, mientras que el artículo 192 redefine la difusión ilícita de contenido íntimo.

El artículo 207 ajusta las penas por perjurio, diferenciando según el daño causado.

El artículo 208 reduce las penas por difamación, eliminando la enumeración de medios específicos.

El artículo 211 protege expresiones sobre corrupción y políticas públicas, siempre que estén fundamentadas.

El artículo 214 sobre abandono de menores ajusta la redacción sin cambiar las penas.

El artículo 248 amplía las causas de bancarrota simple, mientras que el artículo 269 reduce las penas por violación de propiedad.

El artículo 303 aumenta las penas por malversación de fondos públicos.

Finalmente, el artículo 354 mantiene las penas por certificación falsa de salud, pero limita las agravantes a médicos forenses.