Universidades no pueden exigir materias añadidas después del inicio de carrera
Santo Domingo, RD.– Las universidades tienen la potestad de actualizar sus planes de estudio, pero estos cambios no pueden aplicarse retroactivamente a estudiantes que ya iniciaron su carrera con un pénsum anterior, según Israel Contreras, director de Currículo del Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt).
Contreras enfatizó que los estudiantes tienen derecho a concluir su carrera con el plan de estudios vigente al momento de su inscripción. Por lo tanto, una asignatura añadida posteriormente no puede ser un requisito para su graduación.
El funcionario explicó que la asignatura de Educación Constitucional fue incorporada por una resolución del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Conescyt), a solicitud del Tribunal Constitucional, pero solo aplica para nuevos estudiantes.
Para aquellos matriculados antes de la resolución, la asignatura solo puede ofrecerse de manera voluntaria, sin ser obligatoria. Contreras aseguró que la ausencia de esta materia no afectará la legalización del título universitario.
El Mescyt respeta el principio de no retroactividad en los planes de estudio, y la resolución que creó la asignatura establece que no afecta a estudiantes con pénsum anteriores. La estudiante afectada argumenta que la asignatura no formaba parte de su plan de estudios al ingresar en 2019, y que no puede ser exigida como requisito para graduarse.
Una comunicación del Mescyt del 20 de noviembre de 2023, aclara que la obligatoriedad de la asignatura no es retroactiva. Las universidades pueden ofrecerla a estudiantes antiguos de manera opcional, sin que sea un requisito para completar sus estudios.
