Debate sobre Competencia del TSE en Recursos contra Reglamentos Electorales
La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) ha expresado su preocupación por la decisión del Tribunal Superior Electoral (TSE) de no conocer un recurso contra un reglamento de la Junta Central Electoral (JCE) que limita la publicación de encuestas fuera de los períodos legales.
Finjus argumenta que el TSE debería haber asumido el caso, ya que el Tribunal Constitucional no es una instancia revisora ordinaria, y esta decisión debilita la vía legal para resolver controversias electorales directas.
El comunicado de Finjus destaca que el tema en cuestión no es solo la validez de un reglamento, sino también el alcance de las competencias constitucionales de la jurisdicción electoral.
La organización enfatiza que el TSE fue creado como el órgano especializado para resolver conflictos contencioso-electorales, y su especialización se vería afectada si cada impugnación de un reglamento electoral se remite al Tribunal Constitucional.
El caso específico se refiere a la Resolución 14-2026 de la JCE, donde se cuestiona la legalidad de un acto normativo relacionado con la publicación de encuestas. Finjus insiste en que esto está directamente relacionado con las competencias del juez electoral.
La semana pasada, el TSE se declaró incompetente para conocer el recurso, presentado por Justicia Sin Fronteras, que busca la nulidad de un artículo del reglamento de la JCE. La decisión del TSE no fue unánime, ya que la jueza Rafaelina Peralta Arias emitió un voto disidente, argumentando que el TSE sí tenía competencia en este caso.
Finjus subraya que la potestad reglamentaria de la administración está subordinada a la ley y que cualquier exceso reglamentario debe ser controlado por el ámbito jurisdiccional, no por el control abstracto de constitucionalidad.
