Propietarios de Centros Nocturnos Exigen Revisión de Horarios para Venta de Alcohol

Propietarios de Centros Nocturnos Exigen Revisión de Horarios para Venta de Alcohol

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha declarado inconstitucional el Decreto 308-06, que durante más de diez años ha limitado los horarios para la venta de bebidas alcohólicas en diversos establecimientos como colmados, discotecas, bares y casinos.

Esta normativa ha generado dificultades en el sector comercial, con un aumento en las incautaciones y cierres temporales o definitivos de negocios por presuntos incumplimientos de horarios.

Para evitar un vacío legal, el Tribunal ha extendido la vigencia de la legislación actual por dos años más, lo que ha causado descontento entre los propietarios de centros nocturnos, quienes consideran que esta extensión prolonga la incertidumbre.

Martín Mora, comerciante de Cristo Rey, expresó su frustración por los cierres arbitrarios de su negocio, especialmente durante los fines de semana, cuando hay mayor afluencia de clientes. Mora sugiere que los negocios puedan operar hasta las dos de la mañana.

Isaac Pérez, otro comerciante del sector, también pide horarios más flexibles para poder vender sus productos sin restricciones excesivas.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada por Víctor Eddy Mateo Vásquez, alegando violaciones a derechos fundamentales. Sin embargo, la Procuraduría General de la República ha rechazado el recurso, argumentando que el decreto es necesario para mantener el orden público.

El Tribunal Constitucional ha instado al Congreso Nacional a crear un marco legal adecuado para regular esta materia, ya que la medida original carecía de un límite temporal claro.