CNSS Define Nuevo Método para Calcular Subsidio por Enfermedad

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) ha implementado un nuevo método para calcular el Subsidio por Enfermedad Común, aplicable cuando un trabajador presta servicios a múltiples empleadores.

Esta decisión, contenida en la Resolución 641-04 aprobada el 30 de julio de 2026, modifica aspectos del Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

En casos de pluriempleo, el subsidio se calculará con el promedio de los salarios de los últimos seis meses en cada empleo, hasta un máximo de diez salarios mínimos nacionales.

El monto resultante se distribuirá proporcionalmente entre los empleos, basándose en el último salario devengado en cada empresa.

Cada empleador será responsable de gestionar la solicitud del subsidio, y la incapacidad debe afectar la actividad habitual del trabajador en cada empleo.

Si la enfermedad o accidente no laboral solo afecta uno de los empleos, el subsidio se otorgará únicamente para esa actividad.

El Subsidio por Enfermedad Común se otorga a trabajadores con incapacidad temporal por enfermedad no profesional o accidente no laboral, comenzando desde el cuarto día de incapacidad y extendiéndose hasta 26 semanas.

El cálculo del subsidio se basa en un porcentaje del salario promedio: 60% para tratamiento ambulatorio y 40% si el trabajador está hospitalizado.

El trabajador debe informar a su empleador sobre su condición de salud y presentar el certificado médico correspondiente.

La resolución mantiene los subsidios de maternidad y lactancia sin cambios, cubriendo 14 semanas de descanso por maternidad y un subsidio mensual por lactancia durante 12 meses.

El subsidio de lactancia varía según el ingreso de la trabajadora y se ajusta en casos de parto múltiple.