Finjus Cuestiona la Autoridad de la JCE para Sancionar Encuestas Electorales

Finjus Cuestiona la Autoridad de la JCE para Sancionar Encuestas Electorales

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) ha expresado su preocupación respecto a la capacidad de la Junta Central Electoral (JCE) para imponer sanciones en el ámbito de las encuestas electorales.

Según Finjus, la JCE debe actuar dentro de los límites que establece la Constitución y las leyes, y no debería crear infracciones o sanciones que no han sido previstas por el legislador a través de un reglamento.

Esta postura surge a raíz del procedimiento que la JCE ha iniciado contra la firma encuestadora ACD Media, S.R.L. La JCE acusa a esta empresa de publicar encuestas electorales fuera del período permitido, según un reglamento aprobado en mayo.

La Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares de la JCE ha sido encargada de investigar dos encuestas atribuidas a ACD Media, divulgadas el 1 de junio y el 13 de julio de este año.

Finjus señala que la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, prohíbe la publicación de encuestas durante los ocho días previos a las elecciones, permitiendo su divulgación fuera de este período bajo ciertas condiciones.

Sin embargo, el reglamento de la JCE añade una prohibición adicional y contempla sanciones como la suspensión del registro de una firma encuestadora por un período de seis meses a un año.

Finjus argumenta que la potestad reglamentaria debe desarrollar las disposiciones legales, pero no debe usarse para ampliar infracciones o crear sanciones no establecidas por el Congreso.

La organización también advierte que cualquier responsabilidad debe ser individualizada, requiriendo pruebas concretas de participación en la publicación cuestionada.

Finjus reconoce las facultades de la JCE para proteger la transparencia y equidad electoral, pero insiste en que estas deben ejercerse respetando los principios de legalidad, tipicidad, responsabilidad, debido proceso y seguridad jurídica.