Nuevo Plazo para Declarar Fallecimientos: Un Cambio Significativo en la Ley Dominicana

Nuevo Plazo para Declarar Fallecimientos: Un Cambio Significativo en la Ley Dominicana

Santo Domingo.- La Ley 4-23 Orgánica de los Actos del Estado Civil ha revolucionado el proceso de declaración de fallecimientos en la República Dominicana, eliminando una de las principales barreras para los familiares: el tiempo.

Anteriormente, los familiares disponían de solo 24 horas para declarar una defunción. Este corto plazo generaba dificultades significativas en momentos de duelo.

Con la nueva legislación, el plazo se ha extendido a 60 días, brindando un respiro necesario para las familias que enfrentan la pérdida de un ser querido.

Además, la ley amplía las opciones sobre dónde puede realizarse el trámite. Ahora, la declaración puede hacerse en la oficialía del Estado Civil del lugar del fallecimiento, del último domicilio del fallecido, o donde se realizó el entierro.

En casos de muertes en centros hospitalarios, la declaración puede efectuarse en la delegación de oficialía del hospital, facilitando aún más el proceso.

Este cambio no solo simplifica el trámite, sino que también asegura la obtención de la documentación necesaria para futuros procesos legales relacionados con el fallecido.