Empresas Dominicanas Enfrentan Nueva Responsabilidad Penal a Partir de Noviembre
A partir del 5 de noviembre, las empresas en la República Dominicana deberán enfrentar un nuevo marco de responsabilidad penal. Esta medida se enmarca en la Ley núm. 74-25, que establece el nuevo Código Penal, promulgado el 3 de agosto de 2025, y modificado por la Ley núm. 44-26 en julio de 2026.
El nuevo régimen responsabiliza a las sociedades por los actos u omisiones de sus representantes, siempre que estos sean consecuencia de un incumplimiento en sus deberes de dirección y control. Este cambio busca que las empresas se organicen adecuadamente para evitar infracciones.
La normativa establece que las empresas deberán implementar programas de cumplimiento efectivos. Estos programas deben ser demostrables y no meramente formales, para evitar sanciones que pueden incluir multas, cierre de establecimientos e inhabilitación para contratar con el Estado.
Además, la ley contempla que la responsabilidad penal de la empresa no excluye la de las personas físicas involucradas, como gerentes o administradores. Esto significa que la negligencia o inacción de los socios también puede ser objeto de sanción.
Para las micro, pequeñas y medianas empresas, se permite que el órgano de administración asuma las funciones de cumplimiento, adaptándose a su tamaño y nivel de riesgo. Sin embargo, la implementación de estos programas es obligatoria y debe ser proporcional a la naturaleza del negocio.
Con esta reforma, el Ministerio Público enfocará sus investigaciones en qué medidas preventivas se tomaron para evitar infracciones, más que en identificar a los culpables directos. Las empresas tienen hasta el 5 de noviembre para adecuarse a estas nuevas exigencias y evitar consecuencias legales severas.
