Opciones ante una orden de arresto: Entregarse o esperar la captura

Opciones ante una orden de arresto: Entregarse o esperar la captura

Enfrentar una orden de arresto plantea dos opciones: entregarse a las autoridades o esperar ser capturado. El presidente Luis Abinader ha sido claro: “o se entregan o se buscan”. Esta declaración invita a reflexionar sobre cómo una persona, ya localizada por la Policía Nacional, puede ponerse a disposición de la justicia.

Abinader enfatizó que es crucial que las autoridades localicen a los requeridos antes de que cometan nuevos delitos. “Tienen órdenes de arresto; a veces tienen tres y cuatro. A esa lista se va a ir a buscar”, afirmó el mandatario, subrayando la urgencia de actuar antes de que se produzcan más crímenes.

La Policía Nacional ha identificado 73 órdenes de arresto pendientes y asegura conocer la ubicación de los prófugos. Aunque se dice popularmente “poner en 29”, las autoridades deben seguir el marco legal. Una orden de arresto permite la detención para el proceso judicial, sin constituir una condena ni eliminar los derechos del individuo.

Para entregarse, se recomienda buscar asistencia legal para verificar la orden y coordinar la presentación ante la fiscalía o la policía. Las entregas pueden realizarse con abogados, familiares, representantes religiosos o comunicadores, como en el caso de Julian Oro Duro. Sin embargo, este acompañamiento no sustituye la defensa legal.

Si no se cuenta con un abogado, la Oficina Nacional de Defensa Pública ofrece representación gratuita. Un familiar también puede solicitar esta asistencia. El artículo 229 del Código Procesal Penal permite al juez ordenar arrestos cuando la presencia de una persona es necesaria y hay indicios de su vinculación con un delito.

Tras el arresto, el Ministerio Público debe solicitar medidas de coerción al juez dentro de 48 horas. Entregarse voluntariamente no implica culpabilidad ni garantiza libertad. El juez decidirá la medida adecuada, y el proceso determinará la responsabilidad.

Es esencial contar con asistencia legal desde el inicio del procedimiento. La Defensa Pública puede representar al individuo desde el primer acto hasta su desvinculación del sistema penal.