Tribunal Constitucional Rechaza Amparo de Telemicro por Uso del Canal 3
El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inadmisible la acción de amparo presentada por Telemicro, que buscaba obligar al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) a prohibir el uso del canal 3 por terceros.
La alta corte revocó la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) y decidió no conceder la medida solicitada por la empresa, dejando sin resolver la disputa de fondo.
Telemicro argumentó que Indotel debía cumplir con la Resolución 027-2025, la cual advertía a las empresas de no usar el canal 3 hasta que se resolviera la controversia. Sin embargo, el TC concluyó que dichos documentos no contenían una orden concreta contra Indotel.
La resolución mencionada había dejado pendiente el conocimiento de un recurso administrativo de Telemicro hasta que el TSA decidiera el caso principal. El comunicado de Indotel solo informó sobre la resolución, sin constituir una orden administrativa independiente.
El conflicto se originó durante la transición de la televisión analógica a la digital, cuando Telemicro reclamó el derecho a operar el canal 3 en el nuevo formato. Indotel rechazó este derecho, argumentando que la empresa no tenía una autorización definitiva.
En 2024, Indotel asignó el canal 3 a Franasyl, lo que Telemicro impugnó. El TSA inicialmente anuló una resolución favorable a Franasyl, pero la Suprema Corte de Justicia revocó esa decisión, enviando el caso de nuevo al TSA.
Actualmente, el caso está pendiente de conocimiento en las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, tras ser recurrido en casación por Telemicro.
