El Declive del Referimiento en el Derecho Civil Dominicano
El referimiento, una de las instituciones más relevantes del Derecho Civil en la República Dominicana, enfrenta un preocupante declive. Los Tribunales de Primera Instancia están tratando estos casos como si fueran procesos ordinarios, lo que amenaza con destruir su esencia.
Desde su incorporación en la modificación del Código de Procedimiento Civil de 1959 y la Ley 834 de 1978, el referimiento ha sido crucial para resolver conflictos de manera rápida y provisional. Sin embargo, en la última década, su eficacia ha disminuido notablemente.
Juristas y jueces, como Alexis Read Ortiz y Justiniano Montero, han aportado significativamente a esta institución. Hoy, observan con preocupación cómo los tribunales de primera instancia están alterando su funcionamiento.
El referimiento, junto con el Amparo y las Medidas Cautelares Administrativas, ha sido parte de la estructura jurídica que permite resolver conflictos de manera ágil. Sin embargo, actualmente, estos procesos sufren retrasos que comprometen su propósito original.
A pesar de contar con una plataforma digital para seguimiento de casos, en materia de referimiento no se logra acelerar los procesos, independientemente de su urgencia. La Suprema Corte de Justicia y los nuevos jueces tienen la responsabilidad de preservar esta institución.
Es imperativo que los nuevos jueces actúen como relevo para devolver al referimiento su eficacia original. La historia y la doctrina del referimiento muestran que los jueces tenían la facultad de actuar con celeridad, una práctica que debe retomarse.
Si no se toman medidas, el referimiento podría quedar en el olvido, perdiendo su capacidad de proteger derechos de manera ágil y efectiva.
