Condena a responsables por violación grupal a adolescente en Los Tres Brazos
Cinco hombres fueron sentenciados a tres meses de prisión preventiva por su implicación en la violación grupal de una adolescente de 16 años en Los Tres Ojos, Santo Domingo Este. Los acusados son Joel Morrobel Peña (Matatán), Brailyn Cepeda Ramírez (el Gago), Harolin José Martínez (Arolin), Julio José Mateo y Omar Reyes Vásquez. La denuncia fue presentada el 23 de agosto de 2025 por la fiscal Elizabeth Parra. La adolescente fue abordada en su camino hacia el trabajo de su padre por uno de los agresores, quien se ofreció a llevarla con él.
Cinco hombres han sido condenados a tres meses de prisión preventiva por su participación en un horrendo caso de violación grupal que tuvo lugar en Los Tres Ojos, en Santo Domingo Este. Los acusados, Joel Morrobel Peña (Matatán), Brailyn Cepeda Ramírez (el Gago), Harolin José Martínez (Arolin), Julio José Mateo y Omar Reyes Vásquez, enfrentan serias acusaciones por este acto criminal.
La denuncia fue presentada por la fiscal Elizabeth Parra el 23 de agosto de 2025, desencadenando una investigación que ha llevado a esta decisión judicial. La víctima, una joven de 16 años, fue abordada en su camino hacia el trabajo de su padre por uno de los agresores, quien, bajo falsas pretensiones, la llevó a un lugar donde se encontraban los otros implicados.
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este ha tomado medidas contra estos individuos, que han sido vinculados al atroz acto de violencia sexual contra la adolescente. La fiscal investigadora Elizabeth Parra ha desempeñado un papel fundamental en la recopilación de pruebas para este caso.
El expediente detalla cómo la joven fue engañada durante su trayecto, creyendo que sería llevada a encontrarse con su padre. Sin embargo, fue conducida a una ubicación desconocida donde ocurrió la violación. La jueza Karen Casado Minyety ha dictado la medida de coerción, ordenando que los acusados cumplan su condena en un centro de corrección y rehabilitación.
Este caso ha sido clasificado provisionalmente como violación, en violación de los artículos 331 y 354 del Código Penal dominicano, así como de la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar. Además, se han invocado los artículos 12, 14, 16, 18 y 396 del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
Es fundamental que casos como este no queden impunes y que se haga justicia para la víctima y su familia. La sociedad debe unirse en contra de la violencia de género y trabajar juntos para prevenir que tragedias como esta vuelvan a ocurrir.
