Declaración de Rosalía Sosa sobre la sentencia del Tribunal Constitucional: “No pueden ser discriminados por su orientación sexual”
Rosalía Sosa, vicerrectora de Investigación de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), comenta sobre la sentencia TC/1225/25 del Tribunal Constitucional que anula artículos de la Ley de la Policía Nacional y del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas por discriminación a personas homosexuales. La decisión generó debate a favor y en contra en el país, asegurando los derechos fundamentales de los miembros de las instituciones gracias a la perspectiva de la Constitución Dominicana.
Rosalía Sosa, vicerrectora de Investigación de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), ha sido una voz clave en el reciente debate desatado por la sentencia TC/1225/25 del Tribunal Constitucional. Esta decisión ha anulado ciertos artículos de la Ley de la Policía Nacional y del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, los cuales eran considerados discriminatorios hacia personas homosexuales.
Tras esta decisión, se ha generado un intenso debate en la sociedad dominicana entre aquellos que apoyan y los que se oponen a la sentencia. Lo que es innegable es que esta medida ha sido fundamental para salvaguardar los derechos fundamentales de los miembros de las instituciones policiales y militares, todo en concordancia con la Constitución Dominicana.
La vicerrectora Sosa ha brindado una explicación detallada sobre este tema en una entrevista realizada en el programa “A Media Mañana”. En este espacio, se ha destacado la importancia de que el Tribunal Constitucional haya actuado en función de hacer prevalecer la Constitución, la cual desde la reforma de 2010 prohíbe cualquier forma de discriminación por motivos económicos, ideológicos, de sexo u orientación sexual.
Es crucial destacar que las normativas previas que permitían sanciones y expulsiones por motivos relacionados con la orientación sexual vulneraban los derechos fundamentales de los miembros de estas instituciones. La vicerrectora ha subrayado que estas disposiciones iban en contra de la Constitución al afectar el derecho al trabajo, la intimidad y el principio de igualdad ante la ley de los individuos.
Además, se ha aclarado que la sentencia no aborda el tema del matrimonio entre personas del mismo sexo, dejando en claro que la Constitución no prohíbe esta práctica. Es importante recordar que en la República Dominicana, un Estado laico, existen derechos y obligaciones que deben ser respetados por todos los ciudadanos.
En resumen, esta sentencia del Tribunal Constitucional ha sido un paso significativo hacia la protección de los derechos fundamentales de todas las personas, independientemente de su orientación sexual, y ha demostrado el compromiso de la sociedad dominicana con la igualdad y la justicia.
