La omisión en la protección infantil: un desafío urgente
En el ámbito de la protección infantil, la inacción puede ser tan perjudicial como el abuso mismo. En nuestra sociedad, cuando un menor enfrenta situaciones de abuso o riesgo prolongado, el sistema judicial tiende a centrarse en el agresor directo, lo cual es necesario. Sin embargo, es crucial también cuestionar la responsabilidad de quienes, con conocimiento, eligen no intervenir.
La legislación dominicana, a través de la Ley 136-03, Código para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, contempla sanciones para incumplimientos parentales, como la obligación alimentaria y el régimen de visitas. Sin embargo, el artículo 67 de esta ley no establece sanciones claras por la omisión en el deber de proteger y cuidar, a menos que los padres sean los agresores directos.
Esta laguna legal ha motivado una propuesta de reforma presentada en marzo ante la Comisión Permanente de Familia de la Cámara de Diputados. La reforma busca reconocer explícitamente la omisión grave y el encubrimiento familiar como infracciones dentro de la ley, reflejando así la necesidad de abordar el papel de la familia en la perpetuación del abuso infantil.
El problema se agrava por el hecho de que muchos casos de abuso ocurren en entornos familiares o sociales cercanos, donde adultos responsables no solo fallan en proteger a los niños, sino que a menudo minimizan o encubren los abusos. Esta inacción no debe considerarse un simple descuido, sino una conducta que merece ser identificada y sancionada adecuadamente, de acuerdo con los compromisos internacionales asumidos por nuestro país.
Abordar este desafío no implica crear problemas nuevos, sino nombrar y enfrentar los existentes. No se trata de castigar errores de crianza, sino de situaciones donde hay conocimiento del riesgo y una elección consciente de no actuar. La reforma legal es un paso necesario para proteger de manera efectiva a nuestros niños y cumplir con las obligaciones internacionales que hemos asumido.
