Tribunal Constitucional Limita Sanciones de Ayuntamientos en RD

Tribunal Constitucional Limita Sanciones de Ayuntamientos en RD

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha emitido dos sentencias que restringen la capacidad de los gobiernos locales para imponer sanciones y crear cobros fuera de sus competencias legales.

En una de las decisiones, el tribunal determinó que el Ayuntamiento de Moca no está habilitado para inmovilizar, remolcar y retener vehículos por infracciones de estacionamiento, condicionando su devolución al pago de una suma de 3,000 pesos. Esta actuación fue considerada una sanción materialmente ilegal.

La sentencia, identificada como TC/0785/26, surgió a raíz de una acción de amparo presentada por Juan Carlos Mejía Vásquez, quien fue afectado por la retención de su vehículo bajo la Ordenanza 01-2025.

El Tribunal Constitucional destacó que la inmovilización y retención de vehículos sin un procedimiento administrativo sancionador y sin competencia legal expresa, vulnera los derechos de propiedad y el debido proceso administrativo.

En otro caso, el tribunal revisó la Ordenanza 2-25 de la Junta de Vocales del Distrito Municipal Santiago Oeste, que establecía cobros por letreros comerciales y otros conceptos. El tribunal concluyó que la Junta no tenía competencia para establecer estos arbitrios, declarando la ordenanza inconstitucional.

Ambas sentencias subrayan que la autonomía de los ayuntamientos no les permite actuar fuera de las competencias otorgadas por la Constitución y las leyes, especialmente cuando afectan derechos ciudadanos o imponen cargas económicas.