Desplome en Discoteca Jet Set: Análisis y Responsabilidades en el Juicio

Desplome en Discoteca Jet Set: Análisis y Responsabilidades en el Juicio

El juicio por el colapso del techo de la discoteca Jet Set avanza con la presentación de un tercer perito por parte del Ministerio Público. Este experto ha reafirmado que la sobrecarga estructural fue la causa principal del desplome.

El ingeniero Eduardo Adolfo Fierro explicó que el colapso comenzó en la zona sur de la estructura, donde una viga falló debido al exceso de carga. Esta falla inicial provocó una cadena de eventos que culminó en el derrumbe del techo.

Fierro detalló que las vigas soportaban una sobrecarga de entre un 18% y un 20% por encima de su capacidad. Además, señaló que las vigas estaban simplemente apoyadas y sujetas con pernos, lo que limitaba su capacidad de carga.

El especialista también mencionó la acumulación de capas de fino sobre el techo, que añadían peso adicional sin una evaluación adecuada de la capacidad de las vigas para soportarlo.

Durante el interrogatorio, la defensa de Antonio y Maribel Espaillat se centró en cuestionar el alcance de las conclusiones técnicas del perito, especialmente las modificaciones realizadas a la estructura.

Uno de los puntos discutidos fue la eliminación de una columna, que según Fierro, aumentó las cargas sobre elementos cercanos, pero no fue el origen del colapso.

El abogado Jorge Luis Polanco cuestionó la consistencia del modelo digital utilizado para los cálculos estructurales, señalando discrepancias en la cantidad de vigas representadas.

Wilson Camacho, titular de Pepca, afirmó que los testimonios de los especialistas respaldan la tesis del Ministerio Público sobre la sobrecarga como causa del colapso.

Camacho descartó factores externos como terremotos o explosiones y atribuyó el desplome a la negligencia de los imputados al no calcular adecuadamente el peso sobre el techo.

El juicio continúa bajo la supervisión del juez Franny González, con la presentación de más pruebas por parte del Ministerio Público y los contrainterrogatorios de la defensa.