Extienden Plazo para Responsabilidad Penal de Empresas hasta 2028
El Poder Ejecutivo ha promulgado la Ley 88-26, que pospone hasta el 5 de mayo de 2028 la aplicación de las disposiciones del nuevo Código Penal sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Esta normativa modifica el artículo 31 de la Ley 44-26, estableciendo que los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica 74-25 se implementen en la nueva fecha, exceptuando el artículo 393.
El objetivo de esta extensión es permitir que las empresas realicen los ajustes necesarios para cumplir con el nuevo régimen de responsabilidad penal, cuya aplicación estaba prevista para el 5 de noviembre de este año.
El período adicional busca facilitar una implementación ordenada y preparar a las instituciones del sistema de justicia para su aplicación efectiva.
La Ley 88-26 es de aplicación nacional y entra en vigor tras su promulgación y publicación, conforme a la Constitución dominicana y el Código Civil.
El Congreso Nacional aprobó esta modificación legal para aplazar la aplicación de las disposiciones que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos cometidos por sus directivos o empleados.
El Senado aprobó la iniciativa con 26 votos a favor, tras aceptar las modificaciones de la Cámara de Diputados, que redujeron el plazo de 24 a 18 meses.
Los artículos aplazados establecen las condiciones para investigar, procesar y sancionar penalmente a las personas jurídicas por ciertos delitos.
Las sanciones incluyen multas, cierre temporal o definitivo de establecimientos, revocación de licencias, inhabilitación para contratar con el Estado y disolución de empresas.
El Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) y la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) solicitaron esta prórroga, argumentando que las empresas necesitan más tiempo para implementar los mecanismos internos de prevención y cumplimiento exigidos.
