Extradición y la Corte Penal Internacional: Desafíos y Soluciones
Los Estados que opten por utilizar sus procedimientos de extradición habituales para entregar personas a la Corte Penal Internacional podrían enfrentar la necesidad de modificar sus leyes y procedimientos vigentes.
La cuestión de la doble penalidad, o doble incriminación, podría surgir en el contexto de los requisitos nacionales. Sin embargo, el Estatuto de la Corte Penal Internacional no exige que los Estados penalicen dentro de su territorio las ofensas reconocidas por la Corte para proceder con la entrega de personas.
Por lo tanto, los Estados no pueden utilizar la falta de penalidad dual como argumento para rechazar una orden de entrega a la Corte Penal Internacional.
Para resolver posibles dilemas relacionados con la doble penalidad, una solución práctica es incluir todos los crímenes de la Corte Penal Internacional en el código penal nacional, reproduciendo las disposiciones del Estatuto de Roma.
De esta manera, dichos crímenes se convierten en ofensas que justifican la extradición según las normas del Estatuto de la Corte Penal Internacional.
Estas estrategias facilitarán la cooperación entre Estados en el enjuiciamiento de crímenes bajo la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, eliminando problemas de doble criminalidad en casos de extradición.
Si los procedimientos de extradición de un Estado Parte dependen de la existencia de un tratado, el Estatuto de Roma debería considerarse como la base legal para la extradición en ausencia de un tratado específico entre Estados Partes.
