Policías Enfrentan Duras Consecuencias por Uso Excesivo de Fuerza Letal
Santo Domingo.- Los recientes incidentes de “intercambios de disparos” han puesto en el centro del debate la actuación de los cuerpos policiales en situaciones donde los ciudadanos se rinden.
El jurista Jonathan del Rosario, experto en derecho administrativo, subraya que el Código Penal persigue severamente a quienes quitan la vida a un ciudadano rendido, con penas que oscilan entre 10 y 40 años de prisión.
Este marco legal cobra relevancia tras la muerte de Cristhofer Carlos Belliard, alias “Cri Cri”, en un supuesto enfrentamiento con la Dirección Central de Investigación (DICRIM) en Villa Vásquez.
Aunque la Policía justificó el acto alegando defensa propia, un video de vigilancia muestra al joven levantando las manos en señal de rendición, lo que contradice la versión oficial.
Del Rosario aclara que la Policía no tiene competencia para juzgar penalmente a sus miembros, tarea que recae exclusivamente en el Ministerio Público y los tribunales.
El abuso de autoridad y el uso excesivo de armas son considerados faltas graves, que pueden llevar a la suspensión y destitución de los agentes involucrados.
El director de la Policía Nacional, mayor general Ernesto Rodríguez García, reafirmó la postura firme contra los delincuentes, instándolos a entregarse o enfrentar la acción policial.
El reglamento sobre el uso de la fuerza establece que la fuerza letal es un último recurso, solo justificable cuando la vida de los agentes o terceros está en peligro y no hay otras opciones.
Sin embargo, la práctica a menudo dista de la teoría, lo que plantea un desafío constante para la institución.
