Propuestas de Modificación al Código Penal: Claves y Detalles
SANTO DOMINGO.- Un total de diez artículos del Código Penal podrían ser objeto de modificación tras las recientes quejas de diversos sectores y la confirmación de un proceso de reformulación desde la Cámara de Diputados.
Sectores como salud y comunicación han liderado los reclamos, y se abre la posibilidad de reabrir el diálogo sobre las causales del aborto, un tema previamente descartado pero que podría ser reconsiderado.
En el ámbito de la salud, se proponen cambios a los artículos 112, 114, 150 y 151 para que la responsabilidad penal de médicos y centros de salud solo se configure ante una falta grave e inexcusable a la lex artis.
Se aclara que un resultado adverso no constituye automáticamente una conducta penalmente reprochable, excluyendo de responsabilidad situaciones como complicaciones del procedimiento, evolución natural de la enfermedad, deficiencias del sistema sanitario y actuaciones en contextos de urgencia, siempre que el profesional actúe con la debida diligencia.
En cuanto a la libertad de expresión, se modifican los artículos 208 y 210 para eliminar penas de cárcel por difamación e injuria, manteniendo sanciones económicas y reparación civil.
Además, se establece que la responsabilidad solo se aplicará si se demuestra que las expresiones sobre funcionarios públicos, candidatos o asuntos de interés público fueron difundidas a sabiendas de su falsedad o con desprecio por la verdad.
El proyecto añade un nuevo párrafo al artículo 209, precisando que la difamación extorsiva requiere la intención de obtener un beneficio indebido o ejercer presión ilegítima, excluyendo el ejercicio del periodismo, la crítica, protestas pacíficas y denuncias de buena fe.
Otro cambio propuesto afecta al artículo 212, limitando la responsabilidad penal de personas jurídicas por delitos contra el honor y prohibiendo que estos sirvan para cerrar medios de comunicación, revocar licencias, decomisar equipos o inhabilitar periodistas.
La iniciativa también busca derogar los artículos 310 y 311, que regulan la persecución del delito de ultraje a funcionario o servidor público.
