TC Ordena a Directivos de Banreservas Declarar su Patrimonio
El Tribunal Constitucional ha ratificado que el presidente ejecutivo, los miembros del Consejo de Directores y los principales gerentes del Banco de Reservas deben presentar declaraciones juradas de patrimonio. Esta obligación se ha mantenido incumplida por parte de los directivos del banco estatal.
Hasta el 30 de junio de este año, los 12 miembros del Consejo de Directores, designados por decreto, no habían presentado sus declaraciones iniciales ante la Cámara de Cuentas, a pesar de haber sido nombrados en 2024.
La sentencia TC/0855/26 rechaza una acción de inconstitucionalidad que pretendía excluir a los directivos de entidades públicas financieras de las disposiciones de la Ley 311-14 sobre Declaraciones Juradas de Patrimonio.
Los accionantes argumentaban que Banreservas opera bajo un régimen especial y que exigir declaraciones patrimoniales a sus directivos, a diferencia de los bancos privados, crearía una desigualdad competitiva.
El TC reconoció la competencia de los bancos estatales con entidades privadas, pero subrayó la importancia de fiscalizar el patrimonio personal de quienes dirigen una entidad de capital estatal.
La obligación de declarar patrimonio se extiende al presidente ejecutivo, los 12 miembros del Consejo de Directores y los principales gerentes que participan en la dirección del banco.
El ministro de Hacienda, que preside el Consejo ex officio, tiene una obligación de declarar patrimonio derivada de su cargo ministerial.
La Cámara de Cuentas registra como omisos a varios miembros del Consejo, quienes fueron designados por decretos en 2024 y aún no han cumplido con la declaración al corte de junio de 2026.
El TC destacó que Banreservas, con un capital de RD$39,000 millones, es propiedad exclusiva del Estado, lo que justifica un deber reforzado de transparencia patrimonial.
La sentencia aclara que la obligación de declarar no afecta las operaciones del banco ni lo coloca en desventaja competitiva frente a entidades privadas.
El tribunal también rechazó la idea de una doble vigilancia, explicando que la supervisión financiera y la verificación patrimonial son procesos complementarios.
La decisión mantiene la validez del artículo 21 de la Ley 311-14, que obliga a instituciones a entregar información para verificar las declaraciones juradas.
Aunque el magistrado Amaury Reyes Torres expresó su desacuerdo, la mayoría del TC sostuvo la obligación de declarar patrimonio para los altos directivos de Banreservas.
