Casas de acogida en República Dominicana: protección y apoyo a víctimas de violencia
El Ministerio de la Mujer en República Dominicana ha detallado el funcionamiento de las casas de acogida, espacios destinados a mujeres y sus hijos que enfrentan situaciones de alto riesgo debido a la violencia. Estos refugios ofrecen protección temporal y apoyo integral, incluso si las víctimas deciden no ingresar o abandonar estos lugares. La institución resalta la importancia de abordar las decisiones de las víctimas con comprensión, evitando la culpabilización.
Las casas de acogida están amparadas por la Ley 88-03, promulgada el 1 de mayo de 2003, y ofrecen refugio a mujeres que corren peligro de feminicidio o enfrentan violencia grave. Su principal objetivo es preservar vidas y proporcionar una respuesta inmediata mientras se activan medidas judiciales y de seguridad contra los agresores. El ingreso a estos refugios es voluntario y depende de una evaluación especializada que determina el nivel de riesgo y las necesidades de cada caso.
El Ministerio de la Mujer trabaja en conjunto con otras instituciones, como la Procuraduría General de la República y el Sistema Nacional de Atención a Emergencias 9-1-1, para identificar y atender casos de alto riesgo. Estas colaboraciones permiten que las mujeres accedan a medidas de protección a través de diversas vías institucionales, fortaleciendo la respuesta del Estado ante situaciones de violencia.
A pesar de las múltiples razones que pueden llevar a una mujer a rechazar el ingreso a una casa de acogida, como la presión familiar, el temor a represalias o la dependencia económica, el Ministerio enfatiza que cuando se recomienda el ingreso es porque se ha identificado un riesgo significativo. Dentro de estos refugios, se ofrece un entorno seguro y confidencial, junto a un plan integral para la protección y recuperación emocional, con el fin de fortalecer la autonomía y seguridad de las víctimas.
