Proponen cambios a la Ley 83-24 para destrabar obras estatales en República Dominicana
Se ha planteado la necesidad de modificar la Ley Núm. 83-24, junto con su predecesora, la Ley Núm. 118-21, para abordar lo que el presidente Luis Abinader ha denominado un “nudo legal”. Este problema surge principalmente debido a las limitaciones establecidas en la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, que han demostrado ser insuficientes para concluir obras prioritarias.
El núcleo de la cuestión radica en el artículo 31, numeral 2, de la Ley No. 340-06, que permite variar el monto original del contrato hasta un 25 %. Sin embargo, muchos proyectos han enfrentado situaciones imprevistas que han superado este límite, lo que ha provocado la necesidad de intervención legislativa para garantizar su finalización.
Existen recomendaciones para modificar varios artículos de la Ley 83-24 para eliminar las restricciones actuales. Una de las sugerencias es cambiar el artículo 6, que modifica el artículo 8 de la Ley No. 118-21, y eliminar el párrafo II por considerarlo inconstitucional. Además, se propone la modificación del numeral 4 del artículo 7 para incluir explícitamente las escuelas contratadas por el Ministerio de Educación.
También se sugiere añadir un párrafo II al artículo 8 para que abarque proyectos gubernamentales que superen el umbral del 25 % del presupuesto base, conforme a los derechos fundamentales establecidos en los artículos 38, 39 y 50 de la Constitución. Estos cambios incluirían obras de ministerios como Deportes y Turismo, así como otras entidades gubernamentales con proyectos de construcción.
El objetivo principal de estas propuestas es permitir la cubicación y continuación de obras en sectores críticos como educación, salud y otras infraestructuras públicas, que actualmente se encuentran paralizadas por falta de partidas presupuestarias.
