Tribunal Constitucional Limita Uso de Drones y Redes Sociales en Condominios

Tribunal Constitucional Limita Uso de Drones y Redes Sociales en Condominios

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha dictaminado que las juntas de vecinos no pueden utilizar drones ni cámaras para vigilar la vida privada de los residentes en condominios.

Esta decisión también prohíbe la difusión en redes sociales de las deudas de propietarios morosos, estableciendo límites claros sobre estas prácticas en los residenciales del país.

El fallo se originó a partir de un recurso presentado por propietarios del Residencial Estrella Marina en La Romana, quienes impugnaron medidas de la Junta de Vecinos que incluían la publicación de nombres e imágenes de deudores en redes sociales.

El Tribunal concluyó que tales acciones violan el derecho fundamental a la intimidad, ya que exponen públicamente a las personas, afectando su buen nombre y honra.

La sentencia TC/0684/26 aclara que, aunque informar sobre deudas dentro del residencial es permitido, debe hacerse de manera interna y razonable, sin trascender a terceros.

Asimismo, el uso de cámaras y drones debe limitarse a la vigilancia de accesos y espacios compartidos, evitando cualquier intromisión en la vida privada de los residentes.

Esta decisión refuerza las restricciones ya existentes en la legislación aeronáutica sobre el uso de drones, reguladas por la Ley 491-06 y el Reglamento Aeronáutico Dominicano.

Dichas normativas prohíben operar drones sobre personas ajenas a la actividad y establecen sanciones para quienes incumplan estas reglas, garantizando así la seguridad y privacidad de los ciudadanos.