Tribunal Superior Administrativo Revoca Anulación de Adjudicaciones de Zapatos Escolares
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha revocado la decisión de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) que anulaba las adjudicaciones de siete proveedores en una licitación del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie) para la compra de zapatos escolares.
La DGCP había anulado un total de 25 adjudicaciones tras una investigación que reveló presuntas irregularidades. Sin embargo, el TSA determinó que la DGCP utilizó un procedimiento incorrecto para retirar estas adjudicaciones ya firmes.
El tribunal no se pronunció sobre la legalidad de las adjudicaciones ni sobre las irregularidades señaladas, sino sobre el procedimiento utilizado por la DGCP. Según el TSA, las adjudicaciones ya eran firmes y no podían ser anuladas sin seguir un proceso de ‘lesividad’.
El acta 0143-2025 establecía que las adjudicaciones podían ser recurridas dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación. El TSA comprobó que la decisión de la DGCP fue tomada fuera de este plazo, iniciando una investigación de oficio.
El tribunal explicó que, al momento de la intervención de la DGCP, las adjudicaciones habían agotado la vía ordinaria de impugnación y habían producido efectos jurídicos, incluso resultando en contratos entre el Inabie y los adjudicatarios.
La ‘lesividad’ es el procedimiento que debe seguir la administración cuando considera ilegal un acto firme. Primero debe declararlo perjudicial para el interés público y luego solicitar su anulación ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
El TSA concluyó que la DGCP excedió sus competencias al no utilizar este procedimiento. La Cuarta Sala anuló la resolución RIC-0176-2025, que había rechazado los recursos de reconsideración, afectando solo a las partes incorporadas al proceso judicial.
Las empresas afectadas son Grupo Continental Ferrero, Inversiones Qtek, Ángeles Collection, Fashion Textil Group, Importaciones en Grande Eastland, Piel de Estilo Herrera Reyes y Elido Santiago Moscoso Salcedo.
El tribunal también rechazó una indemnización de 6.6 millones de pesos reclamada por Grupo Continental Ferrero, al no encontrar pruebas suficientes para demostrar el daño reclamado.
